Lunes 16 de Septiembre 2024
MÉXICO

Utilidades 2021: esta es la FECHA LÍMITE para recibir tu DINERO

En caso no realizar dicho pago, la empresa o el empleador puede acreedor a una multa de entre 22 mil a 448 mil pesos

Las empresas tienen hasta el 30 de mayo para repartir utilidades.Créditos: Pixabay
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Como cada año, nos encontramos en el periodo en el que las empresas deben hacer el reparto de utilidades que tuvieron el año fiscal anterior a sus empleados. En esta ocasión, la fecha límite para que las compañías entreguen el 10% de sus ganancias a su capital humano es el próximo 30 de mayo, por lo que en caso de que los empleados no reciban su parte proporcional, los negocios pueden ser multados. 

Por su parte, para las personas físicas con actividad empresarial la fecha máxima se ha establecido hasta el próximo 29 de junio. En caso no realizar dicho pago, la empresa o el empleador puede ser acreedor a una multa de entre 22 mil a 448 mil pesos.

La participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU) se encuentra establecida en el artículo 123 de la Constitución y también está reglamentada por la Ley Federal del Trabajo, por lo cual es un derecho para los trabajadores, quienes pueden exigir este pago a los patrones.

A pesar de que este es un proceso que debe ser realizado año con año, muchas personas nunca han recibido utilidades ya sea porque son nuevos en el mercado laboral o trabajaban de manera informal, por lo que a continuación despejamos algunas de las dudas más frecuentes. 

FOTO: Pixabay

¿Quiénes reciben utilidades?

Es importante conocer que todos los trabajadores de cualquier índole de alguna empresa deben recibir utilidades. De lo contrario, pueden reportar la situación a la Secretaría del Trabajo y recibir asesoría de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. 

En contraste, la Ley Federal del Trabajo también prevé algunas excepciones en el reparto de la PTU, como las siguientes: 

  • Directores
  • Socios
  • Accionistas
  • Trabajadores que hayan laborado menos de 60 días en la empresa
  • Prestadores de servicios profesionales

También se contemplan algunos criterios por los que tu empresa podría evitar el reparto de utilidades: 

  • La empresa acaba de ser creada y se encuentra en su primer año de operaciones.
  • La empresa es de nueva creación y durante los dos primeros de años de operaciones se encuentra desarrollando un nuevo producto.
  • Empresas de nueva creación durante el periodo de exploración.
  • Instituciones de asistencia privada que ejecutan actos humanitarios de asistencia.
  • Instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, de beneficencia o asistenciales.
  • La empresa cuente con capital menor al establecido por la Secretaría del Trabajo y Prevención Social.

CRS